viernes, 30 de julio de 2010

LA CONSTITUCIÓN Y LOS TOROS.

Desde un punto de vista jurídico, ¿Qué es la Tauromaquia?. Hace ya muchos años, la industria taurina debería de haber exigido a la Administración que respondiera a ésta pregunta. Y que la respuesta la plasmara, de forma clara y precisa, en UNA LEY. Aquí se acabaron los argumentos peregrinos (que si el toro,que si la dehesa, que si picasso,que si los puestos de trabajo), pues hace ya tiempo que tuvimos que recurrir a la LEY y a la administracción. Y después vendrá, lo demás.
Ante la prohibición de los toros en Cataluña, he estado leyendo algunos trabajos y escritos que cuestionan la constitucionalidad de la medida tomada en el parlament(o) catalán. Y siendo un profano en la materia, y pidiendo de antemano cierta generosidad a los juristas, por no utilizar un lenguaje muy técnico, me gustaría explicar aquí, cómo lo entiendo yo. Empezamos. (Nota: El Post es largo, pero creo que es ameno y se lee bien).
Se plantea la prohibición, fuera de la Constitución Española (CE, adelante) por un abanico amplio de motivos, que se podrían resumir en tres puntos: (A cada exposición de motivos le damos un color distinto para delimitar de forma perfecta los argumentos):
A) Por una cuestión de competencias, que son exclusivas del Estado. (Zona azul)
B) Porque la prohibición atenta contra varios derechos fundamentales que recoge la CE. (Zona verde).
C) Derechos no constitucionales y principio de proporcionalidad. (Zona granate).
(Aclaración: Las notas,aclaraciones o comentarios irán en negrita).
Dentro del apartado A, empezamos acudiendo a la ley taurina fundamental que es la 10/1991, del 4 de Abril sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos. Y en su artículo 4 dice "La Administración del Estado podrá adoptar medidas destinadas a fomentar y proteger las actividades a las que se refiere la presente Ley, en atención a la tradicción y vigencia CULTURAL de la fiesta de los toros". (nota: Empezamos bien, aparece la palabra cultura).

Pero es que además, y en ésa misma ley, en la exposición de motivos, dice que "Sin perjuicio de las competencias que corresponden a las CCAA en relación con los espectáculos taurinos, como tales espectáculos, es evidente la conexión de los mismos con el orden público y la seguridad ciudadana, que constituyen competencias exclusivas del Estado, al amparo del artículo 149.1.29. de la Constitución, y para el fomento de la cultura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.2 del citado texto constitucional..." (nota: otra vez habla de cultura.Ésto se pone interesante).
Pues si consideramos que la Fiesta de los toros es tradicción y cultura de nuestro pueblo, podemos decir que en la prohibición no se respetan varios artículos de la Constitución, que son:

149.1.28 " El Estado tiene competencias exclusivas en la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación..." y el 149.2 "el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial...". Y de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, al Estado le corresponde la preservación del patrimonio cultural común. (Nota: Es evidente que la prohibición impide de la manera más intensa posible el ejercicio de la competencia estatal dirigida a conservar ésta tradición cultural común a todos). O el art. 46 "Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España..."

Hablemos ahora, de los motivos del grupo B, que son aquellos que atenta a DERECHOS FUNDAMENTALES, y que yo creo que son los más contudentes. Veamos:
art. 35.1 " que garantiza la libertad de ejercer cualquier profesión u oficio" o el art. 38 "Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado" (Nota: Cualquier torero, banderillero, mozo de espada no podrá ejercer su trabajo en Cataluña, y un empresario no podré ejercer la libertad de empresa, ¿Cómo puede ser, que yo pueda ejercer mi profesión, oficio u actividad empresarial en Valencia y no en Barcelona?).
art. 20.1.b. "Se reconocen y protegen los derechos a la producción y creación literaria, ARTÍSTICA, científica y técnica".
Y alguien podría preguntarse, ¿Es el toreo una creación artística?, podríamos citar algunos textos legales (no olviden que hablamos del toreo desde un punto de vista normativo), pero de todos ellos (y por no hacerlo demasiado largo) yo me quedaría con la MEDALLA DE LAS BELLAS ARTES. Los toreros de forma continuada vienen siendo galardonados de forma anual con dicha Medalla. Si acudimos al artículo primero del Real Decreto 3379/1978 donde se regula la concesión de dichas distinciones, dice textualmente "La Medalla al Mérito a las Bellas Artes se otorgará para distinguir a las personas y Entidades que hubieran destacado de modo eminente en el campo de la creación artística y cultural o hayan prestado notorios servicios en el fomento,desarrollo o difusión del arte y la cultura o en la conservación del Patrimonio Artístico Nacional". (Nota del autor: El asunto es claro, ¿Por qué nadie del mundo del toro ha recogido los actas de la Medalla y se ha ido a la justicia y a la administración?). Estamos hablando del toreo como CREACIÓN ARTÍSTICA, y es un derecho constitucional.

Y por último, existen otros obstáculos en la Constitución para la prohibición de los toros, y que para hacerlo de forma resumida, lo podemos dividir en dos puntos:
1º) ¿Es la defensa del animal un Derecho Constitucional?, Evidentemente NO. Y la CE, y la propia doctrina del tribunal, dice que los derechos fundamentales, solamente podrán ser restringidos para proteger otros derechos o bienes fundamentales. Por lo tanto el BIENESTAR ANIMAL, objetivo declarado de la medida restrictiva de la libertad, no constituye un bien constitucional protegido. Alguien podría citar el art. 45 "el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona...", pero el Tribunal y su doctrina ya ha dejado plasmada que el concepto constitucional del medio ambiente es "esencialmente antropocéntrico".

2º) Problema de PROPORCIONALIDAD. Lo explico de forma que lo podamos entender todos en un lenguaje sencillo, pero detrás hay un razonamiento legal muy profundo y complejo. En la limitación de unos derechos, hay que medir los efectos que pueda tener ésa limitación. De manera, que los costes no sean mayores que los beneficios. Y en la prohibición de la Fiesta Taurina se incurre en una DESPROPOCIONALIDAD evidente. Se prohíben los toros, en teoría, para defender a un animal (el toro), pero es que la medida, llevaría acarreada el exterminio de ése animal.
Pero es que además, la prohibición de los toros, se llevaría por delante monumentos históricos, derechos y libertades fundamentales, tradiciones, la economía de muchas familias, actividades artesanales, arraigo zonas rurales,medio ambiente.... La desproporción es evidente, ¿verdad?.

Un último apunte, ¿Y en Europa qué?. Ayer mismo, se reconoció, que Europa no tiene competencias en la "tradicciones culturales...". En éste sentido también hay que trabajar, en el concepto de excepcionalidad cultural y tradicional de las regiones y pueblos. Aspecto que,por ahora, están respetando en Europa. ¿Hasta cuándo?.
NOTA: Alguien podría citar los artículos 127 y 141 del nuevo Estatut de Cataluña, pero ya sabemos que el Constitucional ha restringido su aplicación. Para éste Post he utilizado cómo fuente principal el artículo "La prohibición de los espectáculos taurinos: problemas constitucionales", de Gabriel Doménech Pascual, en el nº 40 de la Revista Jurídica de Castilla La Mancha (mayo 2006), en dicho artículo podéis profundizar en todo lo escrito por mí. También textos de Ignacio Lloret Carmona, así cómo artículos e intervenciones del Blog "La Gran Temporada" del abogado y aficionado D. Lorenzo Clemente.

15 comentarios:

  1. Chapeau, Raúl. Nos luciría el pelo de forma diferente si los más interesados se preocuparan de todo esto tanto como tú.

    Un saludo desde las alturas de Las Ventas.

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  2. Me has dejado sin palabras. Espero que alguien sea capaz de recoger este guante. Enhorabuena

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  3. hola, soy de argentina y llego a tu blog porque me llama mucho la atención esto que ha pasado en cataluña, sigo siempre las cuestiones con la tauromaquia, ¿realmente hay una minoría qque se preocupa por los toros, o que intenta proteger a los animales? qué cantidad de personas representan lo que están en contra de este espectáculo? esto es lo que no entiendo. escucho más voces a favor de la tauromaquia qeu en contra, y me gustaría saber qué explican los otros.
    yo estoy a favor de la tauromaquia, considero que si alguien se siente mal poruqe hay violencia contra el animal, que no la vaya a ver, que no coma carne, que no coma huevos, en fin, que no salga de su casa...

    me encantó tu explicación sobre la ley. saludos...

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  4. Hola Inés, bienvenida al blog. El % de gente en contra de los toros, de forma activa, es muy pequeña. Pero en el caso de Cataluña se ha unido la política. Han hecho pinza los dos colectivos. De todas forma el asunto es largo y complejo.

    Es evidente que hay que acudir al Tribunal Constitucional, pero también el sector debería asesorar al PP, para que el PSOE se tenga que mojar en el Congreso de los Diputados. Y en cuánto al artículo, a mí, por novedoso, el que más me ha gustado es el de la PROPORCIONALIDAD. Y éste es un nuevo argumento a utilizar. Un saludo.

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  5. Enhorabuena, Raúl. Gran trabajo de recopilación y síntesis que no hacen los que tendrían que hacerlo. Aunque otros se regodean hoy con "tormentas que se avecinan", me parece que va a haber batalla jurídica y política, y que aportaciones como la tuya van a ser muy útiles.

    Y la batalla no será tanto porque la prohibición sea un cambalache demagógico, sino porque electoralmente (autonómicas en 2011, generales en 2012), los aficionados podemos ser unos votos muy valiosos. Siempre que los partidos nos vean como lobby con unos objetivos muy concretos. Un abrazo.

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  6. Raul, enhorabuena por las entradas de estos días y muy particularmente por esta, en la que creo que haces un magnífico resumen de los argumentos jurídicos por los que la prohibición resulta inconstitucional.

    Como decía alguno de los anteriores comentarios, es increible que tengan que ser aficionados como tú quienes estén dando esta lección de calidad y rigor y no los taurinos o los medios de comunicación, cuya labor en estos días ha sido realmente penosa en general.

    Muchas gracias como aficionado y como ciudadano.

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  7. ACLARACIÓN

    Ante todo, enhorabuena por el trabajo, Raúl, y es la última vez que te la doy.
    Como este blog está resultando imprescindible (no digo de referencia porque el concepto me indigna ya que detrás de toda "referencia" se esconde un dictadorzuelo) y estoy colaborando activamente en el debate, encantadísima, me gustaría aclarar una miaja mi postura.
    Habréis leído más atrás que servidora no es partidaria ni del boicot a los productos catalanes -como colectivo- ni de acudir a Tribunales de ninguna clase, sino huir de ellos, y, sobre todo habréis leído, que una siente terror a que la abolición de los toros en Cataluña se politice, pues contando con la fauna política nacional esto podría convertirse en una leva con nosotros en medio.
    Mi postura es la siguiente: todo lo que que se haga, nos perjudicará por falta de preparación frente al enemigo que viene mucho más fuerte, va por delante años luz y, por si fuera poco, con representantes más creibles que los nuestros frente a la desorientada opinión pública.
    Por supuesto que reconozco que me hago más pesimista de los que estoy. Nada ha muerto todavía y vivirá eternamente, pero me apetece desde mi humilde posición asustar más de lo que están a los taurinos a ver si de una prostituta vez se dan cuenta que el lobo ha enseñado algo más que las orejas, y reaccionan.
    Todo lo que se haga será tirar piedra contra nuestro propio tejado y dar oportunidad a que metan cuchara gente que no debe, la Fiesta sólo se salvará por sí misma y toda intervención externa la perjudicará porque no es políticamente correcta. Rapido se arraglara todo, en cuanto internamente se limpie de tanto golfo y de tanto sirvergüenza. Un despelote, plis, porque, ¿qué se gana con ganar si acaso ganamos donde nos toque ganar, si luego el espectáculo está echando a la gente de la plaza?
    Es absurdo lo contrario, ¿para qué enseñar más el plumero? Si el problema estriba simplemente en la organización de la propia Fiesta del siglo XXI y la camándula que la compone, vamos a exigir otra Fiesta, ya verán ustedes como no pueden con ella ni tirios ni troyanos. Y una vez restaurada la credibilidad en la arena, me uno a coger todas las armas que sean a nuestro favor junto a todos aquellos que estén dispuestos a revolver donde se nos antoje.

    La condesa de Estraza

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  8. Amén, Condesa. Felicidades, Raúl. Soy uno de esos silentes lectores que tienes, que son legión, y que valoran tu estilo, claridad y sentido común.

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  9. Me uno a las felicitaciones Raul. Enhorabuena.

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  10. Buena entrada: didactico-periodistica, que mas quisieran en alguno de los grandes de la prensa.

    Como dice la Condesa, el enemigo esta mucho mejor preparado y nos puede dar pal pelo,(y los vientos hipocritas y animalistas , ahora que estamos machacando a los de la propia especie, corren a su favor, añado yo). Ademas de las tacticas que ella propone yo incluiria un sincero Mea Culpa, un rechazo y denuncia mas clara a todo el entramado cuasi-mafioso taurino y un sincero respeto para Cataluña en todas sus vertientes cuturales, politicas, he historicas.

    Paco Diaz

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  11. a ver: si tu eres un empresario y tus actividades se basan en ofrecer productos que envenenan al personal, es lógico y normal que tus actividades "pofesionales" sean prohibidas. Los toros no son aceptables desde ningún punto de vista. Han sido prohibidos en Cataluña y serán prohibidos en el resto de países donde se "celebran". No pierdas el tiempo defendiendo lo que no tiene defensa alguna.

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  12. Yo creo que el está envenenado es usted.

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  13. Me gustaría saber qué parte de la lidia os gusta más.A mi sin duda la puntilla y el descabello, que me encantan.

    Mis amigos me toman por bicho raro por gustarme esa parte ...

    ¿A alguien más es la parte que más le agrada?


    Alicia Ruiz.

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  14. Creo que te están fusilando este post y lo venden como si fuera nuevo.

    http://www.mundotoro.com/noticia/ciegos/80099

    Abrazos,

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  15. Hola Alfanhui. Y no es nada nuevo. Muchos comentarios y noticias han surgido de este blog. De todas formas, y para serle sincero, está para ello. Ayudar en lo posible. Yo no quiero proagonismos ni nada.

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